Todas las personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% (Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre), pueden solicitar la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad. Esta tarjeta sirve para que una persona pueda acreditar su grado de discapacidad sin necesidad de tener que mostrar la Resolución administrativa.
A continuación puede encontrar toda la información para solicitar la tarjeta:
Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad (preguntas frecuentes)
Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
¿Quién puede solicitarla?
Las personas físicas que tengan reconocida oficialmente la condición de persona con discapacidad y en cuya resolución se acredite:
Que presenten dificultades en la movilidad (movilidad reducida), conforme al procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
Que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos, dictaminada por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.
¿Qué documentos se debe presentar para solicitar la tarjeta?
La persona interesada debe aportar certificado acreditativo emitido por la Unidad de Valoración y Atención a personas con Discapacidad de la correspondiente Gerencia Territorial de Servicios Sociales
¿Pueden solicitar la Tarjeta los titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad?
Las personas físicas o jurídicas pueden solicitar la tarjeta si son titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad que presten servicios sociales, de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia.
En este caso, para poder obtener la tarjeta de estacionamiento, la persona interesada deberá estar inscrita como servicio de carácter social en el registro de entidades, servicios y centros de carácter social de Castilla y León.
¿Dónde tengo que pedirla?
La tarjeta se solicitará en el Ayuntamiento de la localidad en la que esté empadronado la persona interesada, física o jurídica
¿Qué periodo de validez tiene?
El periodo será de 5 años. Puede ser menor cuando la discapacidad reconocida no tenga una validez permanente. En ese caso se tendrá en cuenta la fecha de revisión que se establezca en la resolución del reconocimiento del grado de discapacidad.
¿Dónde puedo usar la tarjeta?
Las tarjetas de estacionamiento tendrán validez en todo el territorio español sin perjuicio de su utilización en los Estados miembros de la Unión Europea, en los términos que los respectivos órganos competentes tengan establecido en materia de ordenación y circulación de vehículos.
¿Qué obligaciones tiene el uso de la tarjeta?
El titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado a la correcta utilización de la misma, conforme a las condiciones de uso previstas en el artículo 6 del Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre
¿Qué documentación se debe presentar para renovarla tarjeta?
Para renovar la tarjeta tienen que mantenerse los requisitos que dieron lugar a su obtención. Con la solicitud de renovación se presentará el certificado de la Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad que acredite dicha condición.
¿Qué es la tarjeta provisional?
Excepcionalmente por razones humanitarias se podrá conceder una tarjeta de estacionamiento de carácter provisional a las personas que presenten movilidad reducida, por causa de una enfermedad o patología de extrema gravedad que suponga una reducción sustancial de la esperanza de vida.
Esta tarjeta tiene una validez de un año
¿Qué documentación se debe presentar para solicitar la tarjeta provisional?
Certificado emitido por el personal médico facultativo de los servicios públicos de salud, que deberá contar con la validación de la inspección de los servicios sanitarios competentes por razón del domicilio de la persona solicitante.