17.2
Financiación de acciones dirigidas a promover la conciliación de la vida personal, familiar y laboral mediante la concesión de subvenciones destinadas a la compensación de la disminución de ingresos de las personas trabajadoras de Castilla y León que ejerciten el derecho de reducción de jornada laboral.
Personas trabajadoras que ejerciten el derecho a la reducción de su jornada laboral para el cuidado directo por razones de guarda legal de un menor de 12 años o de una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida o del cónyuge, pareja de hecho, o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
Las personas solicitantes han de ejercitar el derecho de reducción de jornada como mínimo del 40% respecto a la jornada ordinaria y completa de la empresa durante un período mínimo e ininterrumpido de 6 meses y además deben cumplir los siguientes requisitos:
No
El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo
No es de aplicación.
Es compatible con otras subvenciones, ayudas o recursos que, para la misma finalidad, reciba la persona beneficiaria, cualquiera que sea la Administración o entidad pública o privada que la conceda, nacionales o de la Unión Europea o internacionales.
Administración de la Comunidad de Castilla y León
IV
Directa
Directa en exclusividad
No
Junta de Castilla y León - Accesibilidad