Información y asesoramiento especializado en materia de violencia de género dirigido a toda la ciudadanía, con la finalidad de que las víctimas, ya sean las propias mujeres, hijos e hijas a su cargo u otras personas dependientes de ellas, afronten su situación de la manera más rápida, integral y adecuada posible, dándoles la oportunidad de que puedan expresar libremente sus preocupaciones, hablar sobre problemas que les afecten directamente y activar recursos de ayuda y de apoyo.
Comprende fundamentalmente las siguientes actuaciones:
Apoyo emocional en situaciones de crisis.
Activación de recursos especializados en situaciones de emergencia derivando la llamada al 112.
Prevención de futuras agresiones.
Información sobre recursos existentes en la Comunidad para su seguridad y asistencia social, jurídica, sanitaria, psicológica o de cualquier otra índole.
Orientación hacia el servicio más adecuado en función de la demanda planteada (acogida, salud, asesoramiento jurídico, etc).
Derivación a recursos especializados, manteniendo la oportuna coordinación con los mismos.
Derivación de consultas realizadas por menores de edad al Servicio de información especializada en situaciones de emergencia para niños, niñas y adolescentes.
Derivación de consultas relacionadas con la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual al servicio público correspondiente.
Dispone de acceso urgente.
Perfil de persona beneficiaria:
Personas que requieran información especializada sobre violencia de género.
Requisitos y condiciones de acceso:
No existen requisitos o condiciones de acceso específicos.
Regulación:
Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León.
Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio y Ley 26/2015, de 28 de julio, ambas de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Acuerdo 130/2015, de 10 de septiembre, de la Junta de Castilla y León por el que se establecen las Directrices de funcionamiento del modelo de atención integral a las víctimas de violencia de género “Objetivo Violencia Cero”.
Carácter de esencial:
Si
El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo
Intensidad mínima:
No es de aplicación
Régimen de compatibilidad con otras prestaciones simultáneamente:
Es compatible con el resto de prestaciones del catálogo.
Titularidad:
Administración de la Comunidad de Castilla y León
Administración local
Nivel de atención social:
I
Formas de financiación:
Directa e indirecta
Formas de gestión:
Directa e indirecta
Aportación de la persona usuaria:
No
Acceso:
Servicio de atención al ciudadano 012 (983327850), donde me informarán de la forma de acceso y dónde debo dirigirme.
A través del Centro de Acción Social, CEAS
correspondiente a mi domicilio, donde me informan, valoran mis necesidades, me orientan, y tramitan la prestación más adecuada.