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Servicios Sociales de Castilla y León

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Servicio de información especializada sobre violencia de género

Código:

1.7

Contenido:

Información y asesoramiento especializado en materia de violencia de género dirigido a toda la ciudadanía, con la finalidad de que las víctimas, ya sean las propias mujeres, hijos e hijas a su cargo u otras personas dependientes de ellas, afronten su situación de la manera más rápida, integral y adecuada posible, dándoles la oportunidad de que puedan expresar libremente sus preocupaciones, hablar sobre problemas que les afecten directamente y activar recursos de ayuda y de apoyo.

Comprende fundamentalmente las siguientes actuaciones:

  • Apoyo emocional en situaciones de crisis.
  • Activación de recursos especializados en situaciones de emergencia derivando la llamada al 112.
  • Prevención de futuras agresiones.
  • Información sobre recursos existentes en la Comunidad para su seguridad y asistencia social, jurídica, sanitaria, psicológica o de cualquier otra índole.
  • Orientación hacia  el servicio más adecuado en función de la demanda planteada (acogida, salud, asesoramiento jurídico, etc).
  • Derivación a recursos especializados, manteniendo  la oportuna coordinación con los mismos. 
  • Derivación de consultas realizadas por menores de edad al Servicio de información especializada en situaciones de emergencia para niños, niñas y adolescentes.
  • Derivación de consultas relacionadas con la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual al servicio público correspondiente.

Dispone de acceso urgente.

Perfil de persona beneficiaria:

Personas que requieran información especializada sobre violencia de género.

Requisitos y condiciones de acceso:

No existen requisitos o condiciones de acceso específicos.

Regulación:

  • Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León.
  • Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio y Ley 26/2015, de 28 de julio, ambas de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
  • Acuerdo 130/2015, de 10 de septiembre, de la Junta de Castilla y León por el que se establecen las Directrices de funcionamiento del modelo de atención integral a las víctimas de violencia de género “Objetivo Violencia Cero”.

Carácter de esencial:

Si

El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo

Intensidad mínima:

No es de aplicación

Régimen de compatibilidad con otras prestaciones simultáneamente:

Es compatible con el resto de prestaciones del catálogo.

Titularidad:

  • Administración de la Comunidad de Castilla y León
  • Administración local

Nivel de atención social:

I

Formas de financiación:

Directa e indirecta

Formas de gestión:

Directa e indirecta

Aportación de la persona usuaria:

No

Acceso:

Servicio de atención al ciudadano 012 (983327850), donde me informarán de la forma de acceso y dónde debo dirigirme.

A través del Centro de Acción Social, CEAS  correspondiente a mi domicilio, donde me informan, valoran mis necesidades, me orientan, y tramitan la prestación más adecuada.