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Servicios Sociales de Castilla y León
Servicios Sociales de Castilla y León
39.1
Prestación económica para cubrir las necesidades básicas de personas mayores de 69 años o incapacitadas para el trabajo y con ingresos insuficientes.
Personas mayores y personas con discapacidad.
Estas prestaciones las perciben aquellas personas que ya son beneficiarias de las mismas, siempre que se mantengan las condiciones que dieron lugar al reconocimiento del derecho.
Actualmente no se puede acceder a ellas por estar derogadas.
Las circunstancias que dieron derecho a la ayuda pueden ser revisadas por la Administración para confirmar que siguen existiendo.Real Decreto 2620/1981, de 24 de julio, por el que se regula la concesión de Ayudas del Fondo Nacional de Asistencia Social a ancianos, enfermos o inválidos incapacitados para el trabajo.
A partir de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 5/1992, de 21 de julio, de medidas presupuestarias urgentes, quedan suprimidas las pensiones asistenciales reguladas en el RD 2620/1981, de 24 de julio.
Si
El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo
No es de aplicación
Es compatible con todas las prestaciones del catálogo excepto:
Administración del Estado gestionada por la Administración de la Comunidad de Castilla y León
II
Directa
Directa en exclusividad
No