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Servicios Sociales de Castilla y León

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Servicio de atención en centros de día para personas mayores en situación de dependencia

Código:

28.3

Contenido:

Servicio de atención personalizada en el que se desarrollan actividades que tengan sentido para las personas mayores, por medio de planes de apoyos que potencien sus capacidades conservadas, con el objetivo de mejorar o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal y de independencia, así como para dar apoyo a las familias o cuidadores, favoreciendo la permanencia en su entorno habitual.

Comprende fundamentalmente actuaciones de:

  • Colaboración en el mantenimiento o mejora del nivel de salud de los usuarios.
  • Apoyo social y asistencial a las familias que colaboran a mantener en su medio a las personas mayores con dependencia.
  • Asesoramiento a las familias en la adquisición de las habilidades necesarias para la realización de las tareas de cuidado.

Perfil de persona beneficiaria:

Personas mayores en situación de dependencia.

Requisitos y condiciones de acceso:

Sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora, los principales requisitos y condiciones de acceso son:

  • Personas mayores o con perfil de necesidades similares, que precisen apoyos para la realización de las actividades de la vida diaria y para su inclusión social.
  • Tener nacionalidad española y ser residente en la Comunidad de Castilla y León desde al menos dos años anteriores a la presentación de la solicitud, salvo las personas naturales de Castilla y León que están eximidas de este periodo de residencia.
  • Extranjeros/as residentes en la CCAA desde al menos dos años antes.
  • No padecer enfermedad que requiera atención de forma continuada en dispositivos sanitarios.
  • En el caso de personas con graves limitaciones en su capacidad funcional, será imprescindible para acceder a una plaza disponer de redes de apoyo o convivir con familiares o cuidadores que puedan mantener en el domicilio la atención proporcionada en la unidad de estancia diurna.

Regulación:

  • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
  • Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia establecida en la Ley 39/2006.
  • Decreto Ley 20/2012, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y fomento de la competitividad.
  • Decreto 16/2002, de 24 de enero, por el que se aprueba el reglamento regulador del régimen de acceso a las plazas en unidades de estancias diurnas en centros para personas mayores dependientes de la administración de la Comunidad de castilla y León y en las plazas concertadas en otros establecimientos.
  • Orden FAM/1056/2007, de 31 de mayo, por la que se regulan los baremos para la valoración de solicitudes de ingreso y de traslado en centros residenciales y en unidades de estancias diurnas para personas mayores dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y león y a las plazas concertadas en otros establecimientos.
  • Por la Orden FAM/6/2018 de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a la personas cuidadoras no profesionales.
  • Decreto 70/2011, de 22 de diciembre, por el que se establecen los precios públicos por los servicios prestados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León en el ámbito de los servicios sociales.

Carácter de esencial:

Esencial para personas en situación de dependencia.

El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo

Intensidad mínima:

Para personas en situación de dependencia, la intensidad del servicio estará en función de los servicios del centro que precisa la persona. Como mínimo: 15 horas semanales.

Régimen de compatibilidad con otras prestaciones simultáneamente:

Es compatible con otras prestaciones destinadas a personas en situación de dependencia:

  • Servicio de ayuda a domicilio que tenga carácter no esencial.
  • Servicio de promoción de la autonomía personal, cuando la intensidad de éste no alcance la mínima prevista para el grado I.
  • El servicio adquirido mediante prestación vinculada es compatible con los servicios de promoción de la autonomía personal, ayuda a domicilio, centro de noche o asistencia personal, adquiridos con la misma prestación vinculada, siempre que estén incluidos en el programa individual de atención.

  • Para las personas mayores de 18 años, el servicio de ayuda a domicilio es compatible, en la intensidad prevista por la normativa vigente para cada grado de dependencia, con la prestación económica de cuidados en el entorno familiar.

Titularidad:

  • Administración de la Comunidad de Castilla y León
  • Administración local

Nivel de atención social:

II

Formas de financiación:

Directa e indirecta

Formas de gestión:

Directa e indirecta

Aportación de la persona usuaria:

Si

Acceso:

Servicio de atención al ciudadano 012 (983327850), donde me informarán de la forma de acceso y dónde debo dirigirme.

A través del Centro de Acción Social, CEAS  correspondiente a mi domicilio, donde me informan, valoran mis necesidades, me orientan, y tramitan la prestación más adecuada.