Garantiza la atención integral, continuada y adaptada a las necesidades de las personas menores de edad que han trasgredido las normas penales, promoviendo su autonomía y potenciando sus capacidades, mediante la modificación de actitudes y la adquisición de normas de convivencia que faciliten su socialización.
Comprende:
Atención y apoyo personal: Valoración y elaboración de programa individual de intervención; Apoyo técnico, de orientación socioeducativa y/o terapéutica dirigido a promover en las personas menores de edad la modificación de actitudes y la adquisición de normas de convivencia que favorezcan su proceso de reinserción social, centrado en el área personal, familiar y social, y con las medidas de contención acordadas judicialmente.
Apoyo para la elaboración del proyecto de vida y para su desarrollo.
Atención normalizada en los ámbitos escolar, sanitario, de ocio y tiempo libre y ocupacional.
Alojamiento y manutención.
Atención personalizada a través de un profesional de referencia para las actividades de la vida diaria.
Apoyo para la ejecución del programa individual de intervención.
Información y participación.
Los regímenes de atención pueden ser:
Internamiento en régimen cerrado.
Internamiento en régimen semiabierto.
Internamiento en régimen abierto.
Internamiento terapéutico en régimen cerrado, semiabierto o abierto.
Permanencia de fin de semana.
Convivencia en grupo educativo en centros específicos.
Dispone de acceso urgente.
Perfil de persona beneficiaria:
Infancia y juventud en conflicto con la ley.
Requisitos y condiciones de acceso:
Sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora, los principales requisitos y condiciones de acceso son:
Resolución judicial.
Mayores de 14 años.
Regulación:
Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Ley 14/2002, de 25 de julio, de promoción, atención y protección a la infancia en Castilla y León.
Decreto 63/2011, de 27 de octubre, por el que se regula la intervención administrativa y la organización y funcionamiento de los servicios y centros específicos destinados a menores infractores.
Decreto 203/2000, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el estatuto del Centro Regional Zambrana para la atención a menores con expediente de protección que presenten graves alteraciones de conducta y a menores y jóvenes infractores.
Carácter de esencial:
Si
El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo
Intensidad mínima:
No es de aplicación
Régimen de compatibilidad con otras prestaciones simultáneamente:
Es compatible con el resto de prestaciones del catálogo.
Titularidad:
Administración de la Comunidad de Castilla y León
Nivel de atención social:
III
Formas de financiación:
Directa e indirecta
Formas de gestión:
Directa e indirecta
Aportación de la persona usuaria:
No
Acceso:
Servicio de Atención al Ciudadano 012 (983 327 850), donde me informarán de la forma de acceso y dónde debo dirigirme.
A través del Centro de Acción Social, CEAS
correspondiente a mi domicilio, donde me informan, valoran mis necesidades, me orientan, y tramitan la prestación más adecuada.