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Servicios Sociales de Castilla y León
Servicios Sociales de Castilla y León
29.11
Asistencia integral, continuada, y adaptada a las necesidades de las personas con trastornos por uso de sustancias, potenciando sus capacidades y favoreciendo el abandono de su adicción con el fin de posibilitar su integración familiar y social.
Se realizan las siguientes intervenciones:
Evaluación diagnóstica, desintoxicación, deshabituación y rehabilitación en régimen residencial de personas con trastornos por uso de sustancias, incluida la realización de tratamientos con sustitutivos opiáceos.
Coordinación con recursos externos para asegurar la cobertura de las necesidades sociales de la persona que ha recibido tratamiento tras su salida de la comunidad.
Personas con trastornos por uso de sustancias.
Derivación por recursos ambulatorios especializados del segundo nivel asistencial o por servicios hospitalarios del Sistema de salud de Castilla y León.
Decreto 8/1997, de 23 de enero, por el que se regulan los tratamientos con opíáceos de personas dependientes de los mismos en Castilla y León en desarrollo de la normativa básica estatal.
Decreto 74/2008, de 16 de octubre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la autorización de centros específicos de asistencia a drogodependientes de Castilla y León.
Orden FAM/911/2009, de 14 de abril, por la que se aprueban los modelos normalizados y se establece la documentación a aportar para la solicitud de autorizaciones de centros específicos de asistencia a drogodependientes de Castilla y León.
Orden FAM/236/2010, de 22 de febrero, por la que se regula la acreditación de los centros servicios y establecimientos específicos de asistencia a drogodependientes.
Si
El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo
No es de aplicación.
Es compatible con el resto de prestaciones del catálogo.
Administración de la Comunidad de Castilla y León
III
Directa e indirecta
Directa e indirecta
No