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Servicios Sociales de Castilla y León

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Servicio de atención residencial para personas mayores en situación de dependencia

Código:

29.13

Contenido:

Servicio que garantiza la calidad de vida y la atención integral, continuada y adaptada a las necesidades de las personas mayores, promoviendo su autonomía y potenciando sus capacidades, en un entorno normalizado y accesible.

Comprende las siguientes actuaciones:

  • Alojamiento, manutención, limpieza y lavandería.
  • Atención a las necesidades cotidianas de manera que se fomente la autonomía personal, mediante el apoyo en las actividades de la vida diaria, tanto en las básicas como en las instrumentales, el consejo sobre pautas de autocuidado y control del entorno, y el acompañamiento.
  • Apoyo para la elaboración del proyecto de vida, y para su desarrollo tanto mediante actividades individuales como a través de la participación en actividades grupales y en la vida comunitaria.
  • Prevención de las situaciones de dependencia o de su agravamiento.
  • Promoción de la autonomía personal en función de las necesidades personales mediante actuaciones de rehabilitación y terapia ocupacional, estimulación cognitiva, promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional.
  • Detección de posibles barreras a la autonomía y riesgos de accidente en el entorno habitual, y provisión de los productos de apoyo que necesita para cada persona.
  • Atención personalizada a través de profesional que es su referencia para los cuidados y actividades de la vida diaria.
  • Información y orientación tanto a la persona atendida en el centro como a su familia.
  • Valoración continuada de las necesidades y elaboración del plan de apoyos.
Dispone de acceso urgente.

Perfil de persona beneficiaria:

Personas mayores en situación de dependencia.

Requisitos y condiciones de acceso:

Sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora, los principales requisitos y condiciones de acceso son:

  • Personas mayores o con perfil de necesidades similares, que precisen apoyos para la realización de las actividades de la vida diaria y para su inclusión social.
  • Ser natural de Castilla y León o tener relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado con una persona que resida y sea natural de Castilla y León, o residir y haber residido en Castilla y León los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • No padecer enfermedad que requiera atención de forma continuada en instituciones sanitarias.

Regulación:

  • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
  • Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia establecida en la Ley 39/2006.
  • Decreto 56/2001 de 8 de marzo, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, por el que se aprueba el Reglamento regulador del régimen de acceso a las plazas en los centros residenciales para personas mayores, dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y a las plazas concertadas en otros establecimientos.
  • Orden FAM/1056/2007, de 31 de mayo, por la que se regulan los baremos para la valoración de solicitudes de ingreso y de traslado en centros residenciales y en unidades de estancias diurnas para personas mayores dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y león y a las plazas concertadas en otros establecimientos.
  • Por la Orden FAM/6/2018 de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a la personas cuidadoras no profesionales.
  • Decreto 70/2011, de 22 de diciembre, por el que se establecen los precios públicos por servicios prestados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León en el ámbito de los Servicios Sociales.

Carácter de esencial:

Esencial para personas en situación de dependencia de grados II y III.

El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo

Intensidad mínima:

Para personas en situación de dependencia, la intensidad del servicio estará en función de los servicios del centro que precisa la persona

Régimen de compatibilidad con otras prestaciones simultáneamente:

Es compatible con otras prestaciones destinadas a personas en situación de dependencia:

Servicios de prevención y promoción de la autonomía personal que estén incluidos en el servicio de atención residencial.

Titularidad:

  • Administración de la Comunidad de Castilla y León
  • Administración local

Nivel de atención social:

III

Formas de financiación:

Directa e indirecta

Formas de gestión:

Directa e indirecta

Aportación de la persona usuaria:

Si

Acceso:

  • Servicio de Atención al Ciudadano 012 (983 327 850), donde me informarán de la forma de acceso y dónde debo dirigirme.
  • A través del Centro de Acción Social, CEAS  correspondiente a mi domicilio, donde me informan, valoran mis necesidades, me orientan, y tramitan la prestación más adecuada.