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Servicios Sociales de Castilla y León
Servicios Sociales de Castilla y León
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Prestación económica, cuya cuantía estará comprendida entre una cantidad básica mensual del 80% del IPREM y una cantidad máxima del 130%. Su finalidad es proporcionar los medios y apoyos necesarios para atender las necesidades básicas de subsistencia y promover la integración de quienes se encuentren en situación de exclusión social.
Esta integración se facilita mediante el apoyo económico y a través del conjunto de actuaciones, obligaciones y compromisos que se determinen en el Proyecto Individualizado de Inserción (PII), que ha de ser suscrito por todas las personas que componen la unidad familiar.
Su percepción se mantendrá mientras persista la situación de necesidad.
La renta garantizada de ciudadanía complementará los ingresos que tuviera la unidad familiar en su conjunto hasta el importe que le pudiera corresponder. Tiene carácter subsidiario respecto a prestaciones de cualquier sistema público de protección, debiéndose haber agotado aquellas prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
Obligaciones de los beneficiarios: Facilitar la actuación de los técnicos. Solicitar todas las prestaciones a las que pudieran tener derecho. No rechazar oferta de trabajo y mantenerse inscritos como demandantes. Disponer todas las condiciones y medios necesarios para que los destinatarios/as menores de edad reciban la educación obligatoria. No practicar la mendicidad. Comunicar cualquier cambio en las circunstancias económicas o personales que se produzcan en la unidad familiar que puedan dar lugar a la modificación o extinción de la prestación o a la suspensión de la percepción de su cuantía. Cumplir los compromisos pactados en el proyecto individualizado de inserción. No salir el territorio de Castilla y León salvo excepciones.Personas en riesgo o situación de exclusión social.
Sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora, los principales requisitos y condiciones de acceso son:
Los miembros de la unidad familiar distintos del titular deberán tener domicilio, estar empadronados y residir legalmente en algún municipio de Castilla y León.
Si
El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo
No es de aplicación.
Para su solicitante/titular la RGC es:
Para resto de miembros de la unidad será compatible con todas las prestaciones.
Compatible con la prestación de ingreso mínimo vital que perciba cualquier miembro de la unidad únicamente cuando la cuantía reconocida sea inferior a la de RGC que pudiera corresponder a la unidad siendo incompatible en el resto de casos.
Administración de la Comunidad de Castilla y León
II
Directa
Directa en exclusividad
No