Traducción e interpretación bidireccional que facilite la comunicación entre las instituciones públicas y las mujeres que no hablen nuestra lengua oficial y que necesiten información sobre los recursos existentes para las víctimas de violencia de género.
Dispone de acceso urgente.
Perfil de persona beneficiaria:
Víctimas de violencia de género que no conozcan la lengua oficial.
Requisitos y condiciones de acceso:
Ser víctima de violencia de género.
Regulación:
Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León.
Acuerdo 130/2015, de 10 de septiembre, de la Junta de Castilla y León por el que se establecen las Directrices de funcionamiento del modelo de atención integral a las víctimas de violencia de género “Objetivo Violencia Cero”
Carácter de esencial:
No
El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo
Intensidad mínima:
No es de aplicación.
Régimen de compatibilidad con otras prestaciones simultáneamente:
Es compatible con el resto de prestaciones del catálogo.
Titularidad:
Administración de la Comunidad de Castilla y León
Nivel de atención social:
IV
Formas de financiación:
Directa e indirecta
Formas de gestión:
Directa e indirecta
Aportación de la persona usuaria:
No
Acceso:
Servicio de Atención al Ciudadano 012 (983 327 850), donde me informarán de la forma de acceso y dónde debo dirigirme.
A través del Centro de Acción Social, CEAS
correspondiente a mi domicilio, donde me informan, valoran mis necesidades, me orientan, y tramitan la prestación más adecuada.