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Servicios Sociales de Castilla y León
Servicios Sociales de Castilla y León
31.2
Satisfacción puntual y prioritaria de las necesidades básicas de alimentación mediante los instrumentos que se dispongan a tal fin, en el plazo máximo de 24 horas y durante el tiempo imprescindible hasta su derivación a otros recursos de la Red.
Podrán ser destinatarias de este servicio, previa prescripción efectuada por un profesional vinculado al sistema de servicios sociales de responsabilidad pública, las personas que, reuniendo los requisitos previstos, se encuentren en una situación de carencia de alimentación en Castilla y León, con especial atención en los casos de menores, mujeres embarazadas y lactantes.
Personas o familias que residan o se encuentren en el territorio de Castilla y León que estén en situación de mayor vulnerabilidad económica, social o de desamparo.
La administración garantizará el acceso urgente e inmediato a través del servicio de información 012, que facilitará información y derivará a la persona interesada a los profesionales vinculados al sistema de servicios sociales de responsabilidad pública a quien corresponda efectuar la prescripción del servicio.Si
El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo
No es de aplicación.
Es compatible con el resto de prestaciones del catálogo.
II
Directa e indirecta
Directa e indirecta
No