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¿Es necesario firmar la adhesión para entrar en lista de espera?
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Sí, ya que según viene recogido en el documento, una persona está incluida en el Proyecto cuando tiene la documentación completa, incluyendo la adhesión firmada, y la lista de espera se hace con respecto a los usuarios adheridos.
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¿Se puede atender a un usuario con HR1 o con HR4?
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Sí. La prioridad de atención de los HR2 y HR3 se trata, como así ha quedado reflejado en este documento, de un criterio de prioridad en la atención y no de un criterio de exclusión. Las personas de HR1 y HR4 pueden ser atendidas siempre y cuando sea posible según el nivel de cobertura de cada provincia.
El motivo para establecer este criterio de prioridad en la atención es posibilitar que un mayor número de usuarios puedan permanecer más tiempo en su domicilio habitual. Se persigue la eficacia, la eficiencia y la sostenibilidad a largo plazo. Esto ha sido determinado en el estudio realizado, donde se ha visto que son los hogares de riesgo 2 y 3 donde resulta más eficaz atender, por lograr una mayor eficiencia con el proyecto.
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¿El subtipo de Hogar de Riesgo tiene alguna prioridad sobre otro?
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No, la clasificación establecida a través de estos subtipos no determina ninguna prioridad para una lista de espera. La prioridad viene determinada por el HR. Como bien sabéis lo que el Proyecto pretende al priorizar los Hogares de riesgo 2 y 3 es posibilitar que un mayor número de usuarios puedan permanecer más tiempo en su domicilio habitual, esto ha determinado es estudio realizado, son los hogares donde se es más eficaz y mayor eficiencia logra el proyecto y se persigue la eficacia, la eficiencia y la sostenibilidad.
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¿Se tiene en cuenta la fecha de adhesión para el orden?
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Sí.
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¿Alguien con urgencia en la atención con Hogar de Riesgo 4, puede colocarse por delante de alguien con Hogar de Riesgo 2 o 3?
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Se prioriza la atención a usuarios de HR2 y HR3, no es un proyecto diseñado para las urgencias, debemos separar el proyecto A gusto en casa del concepto de “prioridad social”. A gusto en casa es un proyecto de cuidados de larga duración para mejorar la calidad de vida de las personas y no se trata de un proyecto de atención ante urgencias sobrevenidas. Sin embargo y tal y como viene recogido en este documento las situaciones excepcionales que generen dudas deben ser consultadas con la Gerencia de Servicios Sociales.
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¿Si alguien tiene ya un conviviente atendido por AGENCA (por ejemplo, cónyuge o hijo), tiene prioridad sobre otra persona que no lo tiene?
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Cada usuario tendrá su propio HR y toda nueva adhesión debe ser atendida en orden de fecha de alta, teniendo como criterio de prioridad los HR2 y HR3. No se establece, por tanto, esta situación como criterio de prioridad. El criterio será el orden en las adhesiones ya que son individuales.
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¿A igual Hogar de Riesgo, quien prevalece por delante en la lista?
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Aunque en el documento no se especifica un criterio de desempate explícito entre personas con el mismo nivel de Hogar de Riesgo (HR), consideramos que el criterio en el orden será el que venga determinado por la fecha en el Compromiso de la adhesión.
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¿Se pueden dar bajas de oficio a personas adheridas con anterioridad al 1 de junio?
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No. Las bajas de oficio se han establecido para los nuevos usuarios (aquellas personas que han firmado el compromiso de adhesión con fecha posterior al 1 de junio). En este formulario de adhesión ya se establecen los motivos por los que una persona puede ser dada de baja en el proyecto. Todas aquellas personas que firmaron la adhesión antes de esta fecha únicamente pueden ser baja en el proyecto si fallecen o si firman el documento de baja voluntaria.
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¿Es obligatorio tramitar la teleasistencia avanzada por el coordinador de caso en cada adhesión?
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No. Es obligatorio informar sobre este servicio y ofrecer la posibilidad de que a la persona le tramiten este servicio, pero en todo caso la decisión final será de la persona usuaria y sus preferencias. En ningún caso se financiarán dispositivos de teleasistencia privada.
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¿Se puede adherir al proyecto un menor de edad?
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No. Los destinatarios de A Gusto en Casa son necesariamente personas mayores de edad. Ningún menor de 18 años puede ser dado de alta en este proyecto, ya que existen otros recursos y servicios más específicos y adecuados para niños y/o adolescentes destinados a cubrir sus necesidades.
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Si hay una modificación del servicio, ¿hay que modificar el plan provisional de apoyo (PPA), solo el plan de apoyo (PA), o los dos?
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Tomando como referencia el dosier del Proyecto “A Gusto en casa” y el documento de “A gusto en casa” “ajustes ejercicio 2025” en relación a las dudas que planteas aclarar que el PLAN PROVISIONAL DE APOYOS (PPA) solo se realiza inicialmente una vez y su vigencia será de 2 meses. Transcurrido ese tiempo de dos meses necesario para disponer de la historia de vida se elaborará el PLAN DE APOYOS que posibilitará el desarrollo de su proyecto de vida. El plan provisional de apoyos es, como su propio nombre indica, un documento provisional en tanto se cuenta con el resto de los documentos del proyecto.
El PLAN DE APOYOS al proyecto de vida “es el documento principal que debe actualizarse cada 6 meses o cuando haya modificación en los apoyos”. “Debe reflejar los costes de los apoyos comprometidos” y “cualquier cambio en los apoyos que suponga una modificación de los costes deberá venir reflejado en un nuevo Plan de apoyos”.
Además, cada vez que se realiza un modelo de Plan de Apoyos, como puedes ver en el que te adjuntamos, se recogen casillas para rellenar acerca de la temporalidad y otros aspectos.