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Adquisiciones directas

La Ley 11/2006, de 26 de octubre, del patrimonio de la Comunidad de Castilla y León, establece:

Artículo 101. Procedimiento de adquisición de inmuebles y derechos.

1. De modo general, las adquisiciones de bienes inmuebles y derechos reales tendrán lugar mediante concurso público, salvo que se acuerde la adquisición directa en alguno de los supuestos previstos en esta ley.

  • 3. Excepcionalmente, podrá acordarse la adquisición directa por alguno de los siguientes motivos:  (…..)
    • c) Cuando se declare desierto el concurso promovido para la adquisición.

Al amparo de lo anterior, el órgano de contratación de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, tras convocar dos concursos públicos sucesivos, con el mismo objeto, que han quedado desiertos, ha aprobado los expedientes para la adquisición directa de 3 inmuebles, con la finalidad de implantar un «Centro de Crisis 24 horas» para víctimas de violencias sexuales en los términos municipales de Avila, Burgos y Palencia.

Los contratos están financiados con cargo al Fondo Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente C22: «Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión», Inversión C22.I4: «Plan España te protege contra la violencia machista», Proyecto/Subproyecto 327 «Centros de atención a víctimas de violencia sexual».