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Tipos de Maltrato Infantil

Existen diferentes tipos de maltrato, definidos de múltiples formas, nosotros hemos seleccionado las siguientes:

  • Maltrato físico: Acción no accidental de algún adulto que provoca daño físico o enfermedad en el niño, o que le coloca en grave riesgo de padecerlo.
  • Maltrato Psíquico (emocional): Hostilidad verbal crónica en forma de insulto, desprecio, crítica o amenaza de abandono, y constante bloqueo de las iniciativas de interacción infantiles ( desde la evitación hasta el encierro o confinamiento) por parte de cualquier miembro adulto del grupo familiar
  • Negligencia física: situación en que las necesidades físicas básicas del menor, (alimentación, higiene, seguridad, atención médica, vestido, educación, vigilancia...), no son atendidas temporal o permanentemente por ningún adulto del grupo que convive con él.
  • Negligencia psíquica ( emocional): Falta persistente de respuestas a las señales, expresiones emocionales y conductas procuradoras de proximidad e interacción iniciadas por el niño y falta de iniciativa de interacción y contacto por parte de una figura adulta estable.
  • Abuso sexual: Cualquier clase de contacto sexual con un menor de edad, o su utilización directa como objeto de estimulación sexual, cuando no haya alcanzado la edad y la madurez para consentirlo o, si alcanzadas ambas, se aprovecha una posición de superioridad, ascendencia, poder o autoridad, o se utiliza el engaño para obtener su consentimiento, así como, en todo caso, siempre sobre él se use la violencia o la amenaza con aquellos propósitos.
  • Explotación sexual: La utilización del niño por sus padres o tutores, o por terceras personas cuando aquellos lo sepan y no lo impidan, en la prostitución o en la realización de material o espectáculos de pornografía con el fin de obtener un beneficio, sea económico o de otra índole.
  • Explotación laboral: Los padres/tutores asignan al niño con carácter obligatorio la realización continuada de trabajos ( doméstico o no) que:
    • Exceden de los límites habituales.
    • Deberían ser realizados por adultos.
    • Interfieren de manera clara en las actividades y necesidades sociales y/o escolares del niño.
    • Son asignados al niño con el objetivo fundamental de obtener un beneficio económico o similar para los padres o la estructura familiar.
  • Inducción a la delincuencia: Los padres facilitan y refuerzan pautas de conducta antisocial o desviada (especialmente en el área de agresividad, sexualidad y drogas) que impiden el normal desarrollo e integración social del niño. También incluye situaciones en las que los padres utilizan al niño para la realización de acciones delictivas (por ejemplo, transporte de drogas, hurtos).
  • Modelo de vida en el hogar inadecuado para el niño: El hogar donde vive el niño constituye un modelo de vida inadecuado para su normal desarrollo por contener pautas asociales o autodestructivas.
  • Imposible cumplimiento de las obligaciones parentales: Los niños no pueden recibir los cuidados y atención necesaria por parte de sus padres/tutores, y resulta totalmente imposible, temporal o definitivamente, que se modifique la situación que lo provoca. La incapacitación puede derivarse de las siguientes circunstancias:
    • Fallecimiento.
    • Encarcelamiento.
    • Enfermedad incapacitante (física o mental).
       
  • Síndrome de Münchhausen por poderes: Los padres/madres cuidadores someten al niño a continuas exploraciones médicas, suministro de medicamentos o ingresos hospitalarios, alegando síntomas ficticios o generados de manera activa por el adulto (por ejemplo mediante la administración de sustancias al niño).
  • Maltrato institucional: Se entiende por malos tratos institucionales cualquier legislación, procedimiento, actuación u omisión procedente de los poderes públicos o bien derivada de la actuación individual del profesional que comporte abuso, negligencia, detrimento de la salud, la seguridad, el estado emocional, el bienestar físico, la correcta maduración o que viole los derechos básicos del niño y/o la infancia.
  • Abandono: Delegación total de los padres/ tutores del cuidado del niño en otras personas, con desaparición física y desentendimiento completo de la compañía y cuidado del niño.