Intervención profesional orientada a alcanzar acuerdos o gestionar el conflicto familiar de forma no contenciosa. Comprende:
Asignación de mediadores familiares del turno de oficio.
Mediación en situaciones de conflicto familiar que fomenten la comunicación entre las partes.
Perfil de persona beneficiaria:
Familias en situaciones de conflicto.
Requisitos y condiciones de acceso:
Sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora, los principales requisitos y condiciones de acceso son:
Residir en Castilla y León y disponer de recursos e ingresos económicos en la unidad familiar que computados anualmente por todos los conceptos y en su unidad familiar no superen en 1.000 € la cuantía total que resulte de multiplicar el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) por cada miembro. Se computará una vez y media el IPREM por cada miembro de la unidad familiar que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y dos veces si el grado es igual o superior al 65%. Igualmente tendrán derecho las personas físicas residentes en Castilla y León que tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Todas las partes del conflicto que deban participar como mediados tienen que manifestar previamente su voluntad de iniciar el procedimiento de mediación familiar.
Regulación:
Ley 1/2006, de 6 de abril, de Mediación Familiar de Castilla y León.
Decreto 61/2011, de 13 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 1/2006, de 6 de abril, de Mediación Familiar de Castilla y León.
Carácter de esencial:
No
El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo
Intensidad mínima:
No es de aplicación.
Régimen de compatibilidad con otras prestaciones simultáneamente:
Es compatible con el resto de prestaciones del catálogo.
Titularidad:
Administración de la Comunidad de Castilla y León
Nivel de atención social:
II
Formas de financiación:
Directa e indirecta
Formas de gestión:
Directa e indirecta
Aportación de la persona usuaria:
No
Acceso:
Servicio de atención al ciudadano 012 (983327850), donde me informarán de la forma de acceso y dónde debo dirigirme.
A través del Centro de Acción Social, CEAS
correspondiente a mi domicilio, donde me informan, valoran mis necesidades, me orientan, y tramitan la prestación más adecuada.